I) Permisos temporales para particulares
De acuerdo con lo establecido en el artículo 43, apartado 3 de este
Reglamento, para la concesión de las autorizaciones temporales de circulación
reguladas en el mismo se presentarán los siguientes documentos:
A) Para la circulación de un vehículo cuando se haya adquirido en provincia
distinta a aquella donde se pretenda matricularlo. Artículo 43, apartado
1.1.1 del Reglamento.
1º Solicitud suscrita por el interesado en el impreso modelo oficial que
facilitarán las Jefaturas de Tráfico.
2º Los documentos que sobre la identidad y representación se especifican
en el apartado A) números 1º y 3º del anexo XIII, sobre matriculación.
3º Tasa por el importe legalmente establecido.
4º Tarjeta de inspección técnica o certificado de características, con
diligencia de adjudicación, o factura de venta si no figura dicha diligencia.
B) Para la circulación mientras se tramita la matrícula definitiva del
vehículo. Artículo 43, apartado 1.1.2.1 del Reglamento.
1º Solicitud suscrita por el interesado en el impreso modelo oficial que
facilitarán las Jefaturas de Tráfico.
2º Los documentos que sobre la identidad y representación se especifican
en el apartado A) números 1º y 3º del anexo XIII, sobre matriculación.
3º Tasa por el importe legalmente establecido.
4º Además de los documentos indicados anteriormente, deberán presentarse
los que se especifican a continuación, según los distintos supuestos que
puedan plantearse:
4º a) Vehículos adquiridos sin matricular en el extranjero:
I. Si el vehículo se ha adquirido en Estado que no sea parte del Acuerdo
EEE.
-Certificado para Matrícula de Vehículos a Motor o Certificado de Adeudo,
con fotocopia, así como factura de venta y justificante del pago del Impuesto
sobre Actividades Económicas del año en curso cuando se haya importado
con fines de venta.
II. Si el vehículo se ha adquirido en Estado parte del Acuerdo EEE.
-Documento que acredite la adquisición del vehículo, con fotocopia.
-Documento justificativo de las características técnicas del vehículo.
4º b) Vehículos adquiridos en subasta o por sentencia judicial:
-Acta de adjudicación en subasta con el nombre del adjudicatario, en la
que conste el año de fabricación, el número de bastidor y fotografías
del vehículo de frente y lateral o Certificado de Aduanas, si es de importación,
en el que figure que se adjudica en subasta, nombre del adjudicatario
y año de fabricación, al que figurarán adheridos el facsímil del número
de bastidor y las fotografías del vehículo de frente y lateral y fotocopia.
-Justificación del pago, la exención o no sujeción del Impuesto sobre
Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados y fotocopia.
Si el adjudicatario es un empresario dedicado a la compraventa de vehículos
que actúa en el ejercicio de su actividad, podrá ser eximido de la presentación
del citado documento.
-Si se adjudica el vehículo con fines de venta, el empresario dedicado
a la compraventa de vehículos adjudicatarios, deberá acreditar el pago
del Impuesto sobre Actividades Económicas del año en curso y se aportará
factura de venta.
4º c) Vehículos adquiridos sin carrozar:
-Certificado para carrozado, con fotocopia.
4º d) Vehículos adquiridos con matrícula no española:
I. Cuando el vehículo esté matriculado en un Estado que no sea parte del
Acuerdo EEE.
-Certificado para Matrícula de Vehículos a Motor o Certificado de Adeudo
y fotocopia y, en su caso, factura de venta.
-Documentación original del vehículo con fotocopia.
II. Cuando el vehículo esté matriculado en un Estado parte del Acuerdo
EEE.
-Documentación original del vehículo con fotocopia.
-Cuando se trate de vehículos matriculados a nombre de otra persona, factura
de compra del vehículo por el solicitante de la matriculación a un comerciante
legalmente establecido en un Estado parte del Acuerdo EEE en el que figure
el número de IVA del comerciante vendedor, o contrato de compraventa entre
particulares, acompañados de una traducción al castellano o lengua que
sea cooficial en el ámbito de la Comunidad Autónoma.
-Original de la autoliquidación del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales
y Actos Jurídicos Documentados, o justificante de la exención o no sujeción
del mismo, y fotocopia.
Si el vendedor es un empresario que actúa en el ejercicio de su actividad,
podrá ser eximido de la presentación del citado documento.
Salvo en el caso de vehículos agrícolas, simultáneamente con la solicitud
de matrícula temporal de sesenta días se presentará:
1º Solicitud de matriculación definitiva en impreso oficial que facilitarán
las Jefaturas de Tráfico. Para efectuar la matriculación definitiva el
sujeto pasivo deberá acreditar el pago del Impuesto Especial sobre Determinados
Medios de Transporte, o declaración de no sujeción o de exención del mismo.
2º Tasa por el importe legalmente establecido.
3º Autoliquidación por triplicado del Impuesto sobre Vehículos de Tracción
Mecánica, o justificante de su exención.
Excepcionalmente y con la misma matrícula, este permiso temporal de circulación
podrá tener sucesivas prórrogas de su validez por plazos de sesenta días,
cuando se pidan antes de expirar su período de vigencia, presentando la
siguiente documentación:
1º Solicitud suscrita por el interesado en el impreso oficial que facilitarán
las Jefaturas de Tráfico.
2º Permiso temporal de circulación del que se solicita la prórroga.
3º Justificación documental de que el vehículo no se ha podido matricular
por causas no imputables al solicitante.
C) Para el traslado del vehículo al extranjero a efectos de su matriculación
definitiva. Artículo 43, apartado 1.1.2.2 del Reglamento.
1º Solicitud suscrita por el interesado en el impreso modelo oficial que
facilitarán las Jefaturas de Tráfico.
2º Los documentos que sobre la identidad y representación se especifican
en el apartado A) números 1º y 3º del anexo XIII, sobre matriculación.
3º Tasa por el importe legalmente establecido.
4º I. Vehículos sin matricular:
-Documento que acredite la exportación legal, si se trata de un traslado
a un Estado no perteneciente al Acuerdo EEE.
-Tarjeta de Inspección Técnica o certificado de características con diligencia
de adjudicación o factura de venta si no figura dicha diligencia.
4º II. Vehículos matriculados:
-El titular registral o tercera persona que acredite suficientemente su
propiedad deberá solicitar previamente la baja definitiva por traslado
a otro país, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 35, apartado 4
de este Reglamento.
-Tarjeta de inspección técnica o certificado de características y permiso
de circulación o licencia de circulación del vehículo.
La documentación original será devuelta al interesado, previa anulación
del permiso de circulación.
En el permiso temporal de circulación figurarán los siguientes datos:
Matrícula.
Fecha de matriculación.
Plazo de validez.
Apellidos o razón social del titular.
Nombre del titular.
Domicilio.
Localidad.
Provincia.
Marca.
Serie y número del bastidor.
Masa máxima autorizada.
Tipo.
Modelo.
Número de plazas.
Servicio a que se destina.
El modelo del permiso de circulación será una cartulina de color verde
de formato UNE A6 de 105 por 148 milímetros.
II) Permisos temporales para uso de empresas
o entidades relacionadas con el vehículo
De acuerdo con lo establecido en los artículos 44, apartado 3 y 48,
apartado 3 de este Reglamento, para la concesión de los permisos temporales
regulados en el mismo se presentarán los siguientes documentos:
1º Solicitud suscrita por el interesado en el impreso modelo oficial que
facilitarán las Jefaturas de Tráfico, con fotocopia.
2º Tasa por el importe legalmente establecido.
3º Los documentos que sobre la identidad y representación se especifican
en el apartado A) números 1º y 3º del anexo XIII, sobre matriculación.
4º Justificante de tener Licencia Municipal de apertura de establecimiento
para esta actividad y fotocopia.
5º Ultimo recibo de pago del Impuesto sobre Actividades Económicas puesto
al cobro y fotocopia. En el caso de los Laboratorios Oficiales se presentará
documento acreditativo de la autorización de su actividad expedido por
el órgano competente.
En el permiso temporal de circulación figurarán los siguientes datos:
Matrícula.
Apellidos y nombre o razón social del titular.
Domicilio.
Localidad.
Provincia.
Plazo de validez.
El modelo del permiso de circulación será una cartulina de color rosa
de formato UNE A6 de 105 por 148 milímetros.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 45, apartado 2 de este Reglamento,
para el reconocimiento de los libros-talonarios donde se integran los
boletines de circulación, se deberá presentar:
1º Solicitud suscrita por el interesado en el impreso modelo oficial que
facilitarán las Jefaturas de Tráfico.
2º Tasa por el importe legalmente establecido.
El boletín de circulación será de tamaño UNE A6 (105 x 148 mm), de gramaje
máximo de 60 g/m² y en papel de fondo blanco e impresión en negro.
En el boletín de circulación figurarán los siguientes datos:
Número del permiso temporal de empresa.
Número del bastidor del vehículo.
Apellidos y nombre o razón social del titular del permiso.
Domicilio del titular del permiso.
Nombre y apellidos del conductor.
Clase y número del permiso para conducir del conductor.
Si el objeto del viaje es para pruebas o para transporte del vehículo.
El lugar de partida, que será el de regreso en el caso de pruebas, así
como el itinerario.
El lugar de partida y de destino en el caso de transporte.
Plazo de validez del permiso temporal de empresa.
Matrícula ordinaria en el casa de un vehículo matriculado.
III) Pruebas o ensayos de investigación extraordinarios
realizados por fabricantes/representantes legales, carroceros y Laboratorios
Oficiales
De acuerdo con lo establecido en el artículo 47 de este Reglamento,
para la concesión de los permisos para pruebas o ensayos de investigación
extraordinarios previstos en el mismo se presentará la siguiente documentación:
1º Solicitud suscrita por el interesado.
2º Tasa por el importe legalmente establecido.
3º Los documentos que sobre la identidad y representación se especifican
en el apartado A) números 1º y 3º del anexo XIII, sobre matriculación.
4º Acreditar estar en posesión previa del permiso temporal de empresa.
5º Justificación de la necesidad de la petición.
En el permiso para pruebas o ensayos de investigación extraordinarios
figurarán los siguientes datos:
Número del permiso temporal de empresa.
Marca y número del bastidor del vehículo.
Apellidos y nombre o razón social del titular del permiso.
Domicilio del titular del permiso.
El tipo de ensayo a realizar.
Itinerario.
Horario.
Duración.
Demás condiciones en que deba desarrollarse.
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