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| LEY DE SEGURIDAD VIAL |
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EL CONDUCTOR EN EL PUNTO DE MIRA
Desde
principios del mes de agosto se han introducido una serie de modificaciones a
la Ley de Seguridad Vial, que hacen referencia fundamentalmente a la calificación
de las infracciones y a las sanciones que a ellas corresponden, endureciéndose
con diferencia para los conductores. Entre las principales modificaciones
que introduce la reforma se encuentran: el límite a treinta días desde
la notificación de la denuncia para obtener una reducción del 30% en la
cuantía de la infracción; la implantación de una duración mínima de un mes
para la suspensión del permiso de conducir; la inclusión entre las infracciones
muy graves del deber de identificar al conductor responsable de una infracción;
se hace responsable al conductor de una motocicleta o ciclomotor de la
no utilización del casco de un pasajero de la misma; y se elevan de leves a graves
y de estas a muy graves determinadas infracciones que hasta ahora no se calificaban
como tales, pero que por su trascendencia social y peligrosidad han de ser calificadas
con mayor severidadEn cuanto a la inminente aplicación del carné
por puntos, además de las sanciones imputables a estas nuevas infracciones, se
descontará a los infractores la cantidad de puntos correspondiente de su crédito
total.
Diego Zotes, Autocity.
29 de Agosto de 2005
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